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Que no puedas pagar la renta, no es motivo de desalojo.



Desde que comenzó la pendamia del COVID-19, varias medidas se han puesto en vigor para proteger a aquellos que se han visto afectados por el mismo.


Así es que el Centro de Control de Enfermedades (CCE), ha decidido poner en uso una ley creada en 1944, que establece una pausa en todas aquellas ordenes mandando a desalojar las propiedades por los que las rentas, y que son ejercidas por los dueños de estas propiedades.


Si bien es cierto, que esto puede ser una ayuda para aquellas personas que afectadas por las crisis que trajo la pandemia, a sido una dificultad para los dueños de propiedades en renta, que necesitan ese dinero para hacer frente a los pagos del banco. Así que surge la cuestión de si el gobierno, va a asistir de igual manera a los propietarios que se vean afectados y no puedan pagar sus deudas.


Este compás de espera a los que no puedan pagar su renta, estará vigente por lo que queda de año, pudiendo acogerse al mismo los que tengan un ingreso inferior a $99,000.00 al año. Si bien hay que tener cuenta, que una vez acabado el mismo, tendrán que responder por las rentas dejadas de pagar.





 
 
 

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